Vale Todo Argentina, Asociación Civil Deportes Combates Combinados
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Respuesta de la Asociación
Rosario, 23 de Abril de 2010
 
Al  Sr. Concejal Orlando Debíasi y
la Sra. Concejal Mariana Alonso
S…………………/……………………D
 
                                                          
 
            Tengo el agrado de dirigirme a Uds. para emitirle la opinión de la Asociación Civil que presido, sobre los proyectos presentados de vuestra autoría que tratan sobre la prohibición de la práctica de las disciplinas de Vale Todo, Artes Marciales Mixtas o Deportes de Combates Combinados.
            Sobre los mismos quisiéramos marcar algunas observaciones en los Considerandos que concluyen, erróneamente a nuestro entender, en los articulados que, entre otras cosas, prohíben la práctica de las Artes Marciales Mixtas:
1)                     “Que, el deporte debe ser considerado como actividad física o mental, que este sujeto a reglas o que se haga de forma planificada, puede considerarse como una actividad deportiva. Quedando fuera de este concepto al “Deporte Vale Todo”, en el cual se sabe cuando empieza el “COMBATE”, asimilándola de manera analógica a una riña de gallos, con un escasa reglamentación, pudiendo terminar con la perdida de la vida de uno de los participantes.”
            Compartimos en todos los sentidos que el deporte debe hacerse en forma planificada y debe estar sujeto a reglas. Venimos trabajando de esa manera desde hace más de 15 años en la ciudad. El Vale Todo no se practica en ningún lugar de la ciudad de Rosario y dudamos que tenga difusión en el país. Creemos conveniente aclarar aquí las diferencias entre Vale Todo, Artes Marciales Mixtas (MMA o AMM) y Deportes de Combate Combinados. El Vale Todo (o Vale Tudo) comenzó en la década del 20 en Brasil, aunque tiene antecedentes en una de las más antiguas formas de combate abierto con pocas reglas, que fue el Pancracio Griego, el cual se introdujo en los Juegos Olímpicos en el 648 A. C., y que, con modificaciones, aun se sigue practicando en su país de origen. De la misma manera, el Vale Todo contiene pocas reglas y finaliza el combate con la rendición de alguno de los luchadores o con el K.O. Pero a principios de la década de los 90, en busca de una mayor seguridad de los atletas, se establecen comisiones reguladoras en muchas partes del mundo, que establecieron normas claras para garantizar la salud de los competidores. Con este nuevo sistema nacen las Artes Marciales Mixtas en donde los deportistas pueden utilizar en las prácticas y competencias, golpes y lances de distintas artes marciales (de ahí su nombre) enmarcados dentro de un sistema estricto de reglas. Entre las artes marciales utilizadas figuran, el Judo, Boxeo, Tae Kwondo y Lucha grecorromana; siendo todas estas disciplinas aprobadas por el Comité Olímpico Internacional. Por otro lado, existen los llamados Deportes de Combate Combinados o Sistemas de Combate Combinados, los cuales incluyen a las MMA, pero también otras prácticas o eventos, como por ejemplo, el Krav Magá, arte marcial israelí practicado por militares y civiles, Kapap, igual que el caso anterior, TaeKi-do, arte marcial coreano, San Shou, de origen chino, Kenpo 5.0 de origen estadounidense, Combate Sambo, de origen Ruso y K-1, evento japonés que establece reglas para combates entre el Karate Full Contact, TaeKwondo (deporte Coreano), Kick Boxing, Savate (deporte Francés) o Muay Thai (deporte tailandés); todos ellos son una sumatoria de artes marciales o deportes de combate, lo que los transforma en deportes de combate combinados. De esta manera vemos tres deportes diferentes, el Vale Todo, de escasa regulación, las Artes Marciales Mixtas de estricta regulación y los Deportes de Combates Combinados (que también incluyen las Artes Marciales Mixtas), también de estricta regulación. Por lo tanto, a las Artes Marciales Mixtas y/o Deportes de Combate Combinado, de ninguna manera se los puede asimilar analógicamente a una riña de gallos.
2)                     “Que, es de público conocimiento que el 31 de marzo pasado, un joven bonaerense falleció tras 21 días de agonía al sufrir una toma tipo pinza en el cuello, cuando practicaba   “Vale Todo”, Artes Marciales Mixtas o Deportes de Combate Combinado”.
                        Respecto a la muerte de Franco Lescano, queremos aclarar algunos puntos. Por un lado la “toma tipo pinza en el cuello” es una técnica utilizada tanto por artes marciales no reconocidas por el C.O.I., tales como el Jiu Jitsu tradicional, Jiu Jitsu Brasilero, Sambo, Krav Magá, y por otras sí reconocidas por el C.O.I., tales como el Judo, Lucha libre, Lucha grecorromana. Por lo que el accidente podría ocurrir con cualquiera de las disciplinas anteriormente nombradas. Esta toma lesionó la columna de Franco quien no fue atendido con la celeridad necesaria, ni con la idoneidad técnica que deben poseer los gimnasios para estas situaciones. Claro está, que fue movilizado y le fue colocado un bolso bajo la nuca, cuando debería haber quedado quieto en el lugar a la espera de los profesionales para el traslado. Posteriormente fallece por consecuencia de una neumonía debido a una infección intrahospitalaria. Con esto no queremos minimizar el gravísimo hecho acontecido en Bs. As., pero el mismo se podría haber evitado si los profesores y responsables del gimnasio hubieran tenido el conocimiento necesario para evitar y atender este tipo de lesiones, las cuales son potenciales en cualquier tipo de deporte de contacto.       
3)                     “Que, por otra parte el Vale Todo ha evolucionado para salir del ambiente deporte-desafío para entrar de lleno en el deporte-espectáculo. Los mayores ejemplos son los eventos Ultimate Fighting Championship, que se realiza en EE.UU y el PRIDE Fighting Championships que se celebra en Japón en donde este combate goza de mayor popularidad”.
                        Es falso que el Vale Todo ha evolucionado para salir del ambiente deporte-desafío para entrar de lleno en el deporte-espectáculo. Cualquier deporte que se profesionaliza tiene una parte de desafío y otra de espectáculo. Sino, véase cualquier velada boxística o simplemente, un partido de fútbol. Ahora bien, en la ciudad de Rosario, no se ha entrado a la práctica de eventos de espectáculo. Si bien se realizan eventos deportivos, tienen la característica de ser amateur, y la finalidad de potenciar las habilidades de los atletas, que sólo se consiguen mediante la práctica y las competencias. Por eso nuestra organización es una Asociación Civil es sin fines de lucro. A su vez cabe aclarar, que el evento Pride F.C. no existe más en Japón desde Octubre del año 2007, siendo reemplazado por el Dream.
4)                     “Que existe una Asociación Civil de Combates Combinados que cuenta con personería jurídica, pero este tipo de combates no esta  recomendado ni respaldado por el Comité Olímpico Internacional, así lo manifestó el secretario de Deportes de la Nación Claudio Morresi en un medio gráfico el jueves 15 de abril de 2010, luego del episodio sucedido en el gimnasio de Buenos Aires”
                        Dos aclaraciones con respecto a este Considerando. La personería jurídica de la Asociación fue otorgada por la Inspección General de Personerías Jurídicas, lo que implica que el Estado habilita este deporte, sino, no podría haberse concretado la creación de la misma. Por el otro lado, si bien lo que dijo el Secretario de deportes es cierto, esto no inhabilita la práctica del deporte. Algunos ejemplos de deportes practicados en Rosario y zonas aledañas que no son deportes olímpicos, y que a su vez, cuentan con mayor cantidad de lesionados y muertos en sus prácticas que las MMA son, entre otros, el Rugby, Bicicletas BMX, Skates, Rollers, Paracaidismo, Paintball, Kung Fu, Tai Chi Chuan, Kick Boxing, Muay Thai, Sambo, Jiu Jitsu, Karate, Turismo Carretera, Carrera de caballos, etc. Siguiendo con esta lógica, el rugby debería prohibirse en nuestra ciudad después de las trágicas muertes de Juan Migliore en el 2008 y/o Nicolás Gómez Cora en el 2006. Y ni hablar de las muertes producidas en el boxeo, el cual sí está reconocido y respaldado por el C.O.I. Para agregar un dato más, sobre este último punto, un estudio realizado por la Johns Hopkins University concluye que el promedio general de lesiones (excluyendo las lesiones cerebrales) en las competencias de artes marciales mixtas es similar a otros deportes de combate. Pero el promedio de K.O. es mucho menor en este tipo de competencia que, por ejemplo, en el boxeo, por lo que el riesgo de contraer lesiones cerebrales traumáticas en las MMA es muy inferior comparándolo con cualquier otro deporte que incluya golpes.
5)                     “Que al no ser un deporte federado no se cuenta con una reglamentación autorizada a nivel deportivo para su práctica”.
                        Por un lado, existen infinidad de deportes no federados, que actualmente se practican en el mundo, nuestro país, y en nuestra ciudad y ello no implica que deban ser autorizados por ente alguno. En el caso específico de las MMA, sí existe una federación que cuenta con el apoyo y aval de la Secretaría de Deportes de la Nación. Este es el caso de la Federación Argentina de Deportes de Combate y Free Style, la cual reglamenta prácticas de Kick Boxing (deporte que también tiene otras federaciones nacionales), Karate (igual que en el caso anterior), Boxeo (Idem) y MMA. En el caso particular de nuestra Asociación, aún no formamos parte de esta federación, por cuestiones que no vienen al caso, pero que estamos en proceso de formación de una nueva federación exclusiva de MMA, con asociaciones de La Plata, Córdoba y Paraná.
6)                     “Que, de acuerdo a las opiniones de distintos especialistas, esto no es un “JUEGO”, considerando que es una práctica muy riesgosa, que podrían concluir con lesiones de columna de médula espinal con la consecuencia de dejar a alguien paralítico, un trauma craneal que puede derivar en un coma y dejar secuelas neurológicas, hasta también concluir con la muerte del participante”.
                        Como dijimos anteriormente en el ítem 4) las MMA tienen menos lesiones craneales que otros deportes de contacto y lesiones generales similares al resto de las disciplinas marciales. El Karate Full Contact, el Paracaidismo, el Esquí de Montaña, el Kick Boxing, el Buceo Acuático, el Fútbol Americano, el Automovilismo y el Rugby, por nombrar algunos, tienen en su haber más competidores muertos que las MMA. El boxeo (deporte aprobado por el C.O.I.) tiene alrededor de 600 muertes en cuadrilátero en sus 115 años de vida. Solamente en 1995 murieron 13 pugilistas. Así todo, según la Enciclopedia Salvat del Deporte, el boxeo se encuentra 9° en el ranking de porcentaje de accidentes fatales (siendo el automovilismo el 1°).  A su vez, una diferencia notoria entre las MMA y el Boxeo, Kick Boxing, Muay Thai y afines, es el conteo en el K.O. En las MMA el árbitro automáticamente para el combate luego de un K.O., para que los médicos asistan inmediatamente al luchador, sin la espera clásica del conteo hasta diez, lo que minimiza aún más los riesgos.
7)                     “Que, si bien se reconoce que en la ciudad de Rosario se practica en varios lugares este tipo de combate, el Concejo Municipal de Rosario ha sancionado de acuerdo a mayoría reglamentaria la Ordenanza Municipal Nº 8267 estableciendo una serie de requisitos para la realización de espectáculos deportivos denominados Vale Todo, Artes Marciales Mixtas o Deportes de Combate Combinado, con requisitos específicos tales como: “designación de autoridades de control, árbitros idóneos en esta disciplina; presencia de  un medico de guardia durante el evento para asistir a 1os participantes del combate; los participantes deberán ser mayores de 21 años o menores con autorizaci6n expresa de 1os padres, tutores o encargados.” No registrandose una regulación a nivel nacional para establecer quienes serían los indicados para arbitrar y enseñar este tipo de prácticas y no lo establece otra normativa”.
                        Nuestra Asociación, en busca de la seguridad de los competidores de MMA, tuvieron extensas reuniones con los Concejales mandato cumplido, Miguel Pedrana y Osvaldo Miatello, quienes, al igual que nosotros, también se mostraron preocupados por los potenciales riesgos de este deportes. En ese sentido se pudo impulsar el proyecto de Ordenanza que fuera sancionado el 8 de mayo de 2008. Al C.M.C. Miguel Pedrana, dada su estrecha relación con el Ejecutivo Municipal, le expusimos en su momento, la necesidad de establecer en el ámbito municipal, una Comisión Reguladora que estableciera oficialmente, la idoneidad de los árbitros e instructores de esta disciplina, cosa que hasta este momento viene haciendo nuestra Asociación, pero sin un aval gubernamental. Estos avales miden la idiosincrasia en materia técnica, didáctica, deportiva y en primeros auxilios. A su vez, en su momento, solicitamos que se efectivice un control sobre el cumplimiento de las normativas vigentes en los gimnasios en donde se lleva a cabo, no solamente la enseñanza de las MMA, sino de muchos otros deportes de contacto.
8)                     “Que, la ordenanza vigente antes mencionada no contempla ningún tipo de situaciones sobre quienes lo practican a puertas cerradas en un gimnasio y asimismo también deja abierta una brecha para que las misma se realicen de manera clandestina”.
                        De ninguna manera la Ordenanza anterior deja una brecha abierta para que la práctica de las MMA se realice de manera clandestina. Actualmente la práctica de este deporte no se encuentra violando ninguna ley o normativa vigente, por lo que, si entendemos que una actividad clandestina es aquella que se produce a espaldas de la ley, la práctica de las MMA no es una de ellas.
9)                     “Que, también en la esfera municipal se encuentra vigente la Ordenanza Nº 4991 y sus modificatorias (regulación de gimnasios), la misma establece en su articulo 4 “Las actividades de los gimnasios deberán ser regenteadas por un profesor de Educación Física o por un Técnico con título oficial habilitante afín con la actividad que desarrolla. El mismo será en lo civil, solidariamente responsable con el titular del negocio…”
                        Estamos absolutamente de acuerdo con este considerando. La Municipalidad de Rosario tiene el poder de policía para realizar el control sobre los gimnasios quienes deben ajustarse a toda la reglamentación vigente. Esto brinda mayor seguridad los practicantes de MMA, pero también, a cualquier otra persona que utilice los servicios de los gimnasios.
9)                     “Que, de acuerdo a los argumentos esgrimidos es necesario establecer la prohibición de esta práctica de “deporte” de acuerdo a las atribuciones y deberes que la ley orgánica de Municipalidades Nº 2.756 otorga a los Concejos de cada localidad en el articulo 39 en el inciso 14 que establece : “En general dictar ordenanzas sobre higiene, moralidad, ornato, vialidad y sobre los demás objetos propios a la institución municipal”, teniendo como principal objeto  para asegurar la protección de la integridad física de los asistentes.”
                        Por todos los argumentos esgrimidos, nos parece erróneo prohibir las prácticas, eventos y competencias de MMA y Deportes de Combate Combinados. Pero seguimos sosteniendo que es de suma importancia que la actual regulación utilizada en la ciudad de Rosario, las “Unified Rules of Mixed Martial Arts”  que fueron creadas por la New Jersey State Athletic Comisión y posteriormente aprobada por la mayoría de las Comisiones Atléticas de los Estados de E.E.U.U., utilizada en Japón, Gran Bretaña, Canada y Brasil, entre otros, sea aprobada, aplicada y controlada por Municipalidad de Rosario, a través de los órganos que correspondan. Por eso, volvemos a proponer la creación de una Comisión Evaluadora en donde nos ofrecemos como Organización Civil participante, ya que tenemos más de 15 años de práctica, con profesores en diversos gimnasios de la ciudad y del resto del país, con más de 20 eventos realizados sin participantes lesionados, con una enorme cantidad de seminarios dictados sobre técnica, arbitraje y primeros auxilios (en este último caso con personal de la G.U.M.).
                        Estimados Concejales, no dudamos que compartimos el mismo interés, que es la promoción del deporte y la seguridad de sus practicantes, pero la solución no es la prohibición, sino la regulación.
 
                        Sin otro particular, los saluda muy atentamente
 
 PRESIDENTE DE  A..C. D. C. C
SEBASTIAN BOREAN


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